Transparencia

SITIO DE INTERÉS:

Plataforma Nacional de Transparencia
PNT

PORTAL DE TRANSPARENCIA SUTUDEG.

Conforme a lo Establecido del Artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 9 de La Constitución Política de Jalisco, La ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Jalisco y sus Municipios, ponemos a disposición de la sociedad en general el Portal de Transparencia del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara.

Titular de la Unidad de Transparencia:  LLH.Dinorah Patricia Murillo Guzmán

Correo: transparencia@sutudeg.org.mx

La información que a continuación se publica comprende a partir del 17 de febrero del año 2016, de conformidad a lo señalado en las bases de interpretación, Implementación y Recomendaciones del decreto Número 25653/LX/15 mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversos artículos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado Jalisco y sus Municipios emitido por el Pleno del Instituto (ITEI), con fecha 13 de enero del 2016.

Actualizado al 09 de marzo 2024.

LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS

Artículo 8º. Información Fundamental – General

a) La Ley General, la presente Ley y su Reglamento:

Fecha de publicación: 4 de Mayo de 2015
Vigencia: 5 de Mayo de 2015
Última actualización: 20 de mayo del 2021

Fecha de publicación: 8 de Agosto de 2013
Vigencia: 9 de Agosto de 2013
Última reforma: 26 de julio de 2017

Fecha de publicación: 16 de Enero de 2014
Vigencia: 17 de Enero de 2014
Última reforma: 10 de Marzo de 2022

 

b) El reglamento interno para el manejo de la información pública del sujeto obligado

El Sindicato Única de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara, no cuenta con un reglamento interno de información pública, por lo que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 35, fracciones VIII y X de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, le aplicará el Reglamento Marco, ya que éste, es de aplicación a todos los sujetos obligados que no cuenten con su reglamento interno de información pública.

Fecha de publicación: 19 de marzo del 2015
Ultima reforma: Sin Reformas

Fecha de publicación: 19 de marzo del 2022

 

c) Los lineamientos estatales de clasificación de información pública, emitidos por el Instituto

Los lineamientos señalados en el presente inciso, fueron derogados por el Acuerdo General del Pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, mediante el cual se Derogan los Documentos Normativos Emitidos por el Instituto, que han Quedado Superados por la Actual Legislación en Materia de Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública. Aprobado el 26 de abril de 2017.

La normativa vigente es la emitida por el Sistema Nacional de Transparencia contenida en:

Fecha de Publicación: 10 de junio del 2014
Fecha de Aprobación: 28 de mayo del 2014
Vigencia: 11 de junio del 2014
Última Reforma: 05 de junio del 2015

 

Fecha de Publicación: 04 de junio del 2015
Fecha de Aprobación: 06 de mayo del 2015
Vigencia: 05 de junio del 2015
Última Reforma: Sin Reformas

 

d) Los lineamientos estatales de publicación y actualización de información fundamental, emitidos por el Instituto

Los presentes lineamientos rigen solo para aquellas obligaciones que se encuentran señaladas en la Ley de Transparencia y No tienen un equivalente con la Ley General; estos últimos se rigen por los lineamientos emitidos por el Sistema Nacional de Transparencia. (Tabla de equivalencias)

Fecha de publicación: 22 de octubre del 2014

 

Fecha de publicación: 10 de junio del 2014
Aprobación: 28 de mayo del 2014
Vigencia: 12 de junio del 2014
Última modificación: 03 de octubre del 2014

 

e) Los lineamientos estatales de protección de información confidencial y reservada, emitidos por el Instituto

Los lineamientos señalados en el presente inciso, fueron derogados por el Acuerdo General del Pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, mediante el cual se Derogan los Documentos Normativos Emitidos por el Instituto, que han Quedado Superados por la Actual Legislación en Materia de Transparencia y Derecho de Acceso a la Información Pública. Aprobado el 26 de abril de 2017.

La normativa aplicable es la emitida por el Sistema Nacional de Transparencia contenida en:

Fecha de publicación: 03 de marzo del 2023
Última reforma: sin reformas

Fecha de Publicación: 10 de junio del 2014
Fecha de Aprobación: 28 de mayo del 2014
Vigencia: 11 de junio del 2014
Última Reforma: Sin Reformas.

 

f) Los lineamientos generales que emita el Sistema Nacional

Fecha de Publicación: 26 de abril del 2023

 

Fecha de publicación: 18 de noviembre del 2022
Vigencia: 17 de enero de 2023

 

 

Fecha de publicación: 20 de octubre del 2017
Aprobación: 5 de octubre de 2017
Vigencia: 5 de octubre de 2017

 

Fecha de publicación: 20 de octubre del 2017
Aprobación: 5 de octubre de 2017
Vigencia: 5 de octubre de 2017

 

Fecha de publicación: 20 de octubre del 2017
Aprobación: 5 de octubre de 2017
Vigencia: 5 de octubre de 2017

 

Fecha de publicación: 20 de octubre del 2017
Aprobación: 5 de octubre de 2017
Vigencia: 6 de octubre de 2017

Fecha de publicación: 20 de octubre del 2017
Aprobación: 5 de octubre de 2017
Vigencia: 6 de octubre de 2017

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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HISTÓRICO
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g) Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia

En términos de lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estad de Jalisco y sus Municipios, el Comité de Transparencia CT debe sesionar por lo menos una vez cada cuatro meses, o con la periodicidad que se requiera para atender los asuntos de sus competencia.

Mediante el formato de Actas o informes de sesiones se da cuenta de las determinaciones en su caso de: ampliación del plazo de respuesta a las solicitudes de acceso a la información, de clasificación de información, declaración de inexistencia, o de incompetencia, así como para autorizar la ampliación del plazo de reserva de la información.

Mediante el formato de Actas o informe de resoluciones del Comité, se refieren a las acciones y procedimientos para segurar la mayor eficacia en le gestión de solicitudes, políticas emitidas entre otras.

Actualizado al 09 de marzo de 2024.

Acta 28 de septiembre de 2023 – Décima Segunda Sesión Ordinaria
Acta 30 de marzo de 2023 – Sesión Extraordinaria
Acta 27 de mayo de 2022 – Décima Primera Sesión Ordinaria
Acta 27 de enero de 2022 – Décima Sesión Ordinaria
Acta 27 de septiembre de 2021 – Novena Sesión Ordinaria
Acta 27 de mayo de 2021 – Octava Sesión Ordinaria
Acta 27 de enero de 2021 – Séptima Sesión Ordinaria
Acta 29 de septiembre de 2020 – Sexta Sesión Ordinaria
Acta 29 de mayo de 2020 – Quinta Sesión Ordinaria
Acta 29 de enero de 2020 – Cuarta Sesión Ordinaria
Acta 29 de agosto de 2019 – Tercer Sesión Ordinaria
Acta 29 de Marzo de 2019
Acta 13 de Noviembre 2018
Acta Instalación Formal del Comité de Transparencia

h) Si requieres información relativa a las actividades y aplicación de recursos de este Instituto, solicítala en esta Unidad de Transparencia. En caso de requerir información de cualquier otra dependencia, y para obtenerla a la brevedad, deberás dirigirte a la Unidad de Transparencia de la dependencia correspondiente; ya que si presentas la solicitud ante este Instituto, nosotros tendremos que enviarla al sujeto obligado competente, lo que representa más tiempo para que obtengas la información.

Contacto de Unidad de Transparencia

Nombre del responsable:
L.L.H. Dinorah Patricia Murillo Guzmán
Unidad de Transparencia
Teléfono:3336168660

Dirección de correo electrónico para recibir solicitudes de información:
transparencia@sutudeg.org.mx

Solicitudes de información a través de la Plataforma Nacional de Transparencia:
https://www.plataformadetransparencia.org.mx/group/guest/sisai_ut#/recepcion-solicitudes-ut

Domicilio:
Juan Ruiz de Alarcón No. 138
Col. Americana
C.P. 44150
Guadalajara, Jalisco, México

Horarios de atención:
Lunes a Viernes 10:00 a 15:00 hrs.

 

i) La denominación, domicilio, teléfonos, faxes, dirección electrónica y correo electrónico oficiales del sujeto obligado

Sindicato Único de Trabajadores del Universidad de Guadalajara Juan Ruiz de Alarcón ·138, Col. Américana, Guadalajara Jalisco., C.P. 44150 Télefono: 3336168660. No se tiene fax.

Dirección electrónica: http://www.sutudeg.net
Correo electrónico: transparencia@sutudeg.org.mx

 

j) El directorio de todos los servidores públicos del sujeto obligado, a partir del nivel jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos, el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales

Descarga de archivo : Actualizado al 9 de marzo 2024.

 

k) El nombre del encargado, teléfono, fax y correo electrónico del Comité de Transparencia

Miembros del comité
José de Jesús Becerra Santiago
Presidente del Comité
Teléfono: 3336168660
Correo: transparencia@sutudeg.org.mx

Dinorah Patricia Murillo Guzmán
Unidad de Transparencia
Teléfono: 3336168660
Correo: transparencia@sutudeg.org.mx

Arturo Tezozomoc Gómez Vázquez
Titular de la Comisión Autonóma de Vigilancia
Teléfono: 3336168660
Correo: arturo.tezozomoc@sutudeg.org.mx

Teléfono
3336168660

Dirección electrónica del Secretario del Comité
transparencia@sutudeg.org.mx

Domicilio
Juan Ruiz de Alarcón 138
Col. Americana
C.P. 44150
Guadalajara, Jalisco, México

Horarios de atención
Lunes a Viernes 10:00 a 15:00 hrs.

PNT Encargado Comité de Transparencia

Acta de Integración e Instalación del Comité de Transparencia 2022
Actualizado al 9 de marzo 2024.

 

l) El nombre del encargado, teléfono, fax y correo electrónico de la Unidad

Solicitudes de información
https://www.plataformadetransparencia.org.mx/group/guest/sisai_ut#/recepcion-solicitudes-ut

 

L.L.H. Dinorah Patricia Murillo Guzmán
Titular de la Unidad de Transparencia y Secretaria Técnica del Comité de Transparencia.
Teléfono: 36168660. No se tiene fax.
Correo electrónico: transparencia@sutudeg.org.mx
Domicilio
Juan Ruiz de Alarcón No. 138
Col. Americana
C.P. 44150
Guadalajara, Jalisco, México Horarios de atención
Lunes a Viernes 10:00 a 15:00 hrs.

 

 

m) El manual y formato de solicitud de información pública

¿Desea solicitar información al SUTUDEG?
La solicitud de acceso a la información pública debe hacerse en términos respetuosos y contener cuando menos:
I. Nombre del sujeto obligado a quien se dirige; en este caso: Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara
II. Nombre del solicitante o seudónimo y autorizados para recibir la información, en su caso;
II. Domicilio, número de fax, correo electrónico o los estrados de la Unidad, para recibir notificaciones, e
IV. Información solicitada, incluida la forma y medio de acceso de la misma, la cual estará sujeta a la posibilidad y disponibilidad que resuelva el sujeto obligado. Se puede presentar en un escrito libre o bien a través del formato de solicitud que aquí se encuentra.

Manual de llenado y Solicitud de Acceso
PNT Manual y Formato SAIP

 

n) Índice de los expedientes clasificados como reservados, por área responsable de la información y tema

En términos de lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, se considera información reservada entre otras: la que comprometa la seguridad del estado, dañe la estabilidad financiera o económica del Estado, ponga en riesgo la vida, seguridad o salud de cualquier persona; por lo que solo se podrá clasificar como tal, la que contenga dicha temática.

ñ) La estadística de las solicitudes de información pública atendidas, precisando las procedentes, parcialmente procedentes e improcedentes; así como las estadística de visitas a su sistema de consulta electrónica

  • Actualización al 09 de marzo 2024

P23

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a) Las disposiciones de las Constituciones Políticas Federal y Estatal

Fecha de publicación: 01 de agosto del 1917
Vigencia: 2 de agosto de 1917
Última actualización: 17 de octubre de 2022

Fecha de publicación: 05 de febrero del 1917
Vigencia: 1 de Mayo de 1917
Última actualización: 18 de noviembre de 2022

b) Los tratados y convenciones internacionales suscritas por México

Fecha de publicación : 10 de diciembre del 1948
Sin reforma

Fecha de publicación: 22 de noviembre del 1969
Sin reforma

Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su Resolución
2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966
Entrada en vigor: 23 de marzo de 1976

Adopción: Nueva York, EUA, 16 de diciembre de 1966
Adhesión de México: 23 de marzo de 1981
Decreto Promulgatorio DO 12 de mayo de 1981

Fecha de Publicación en el DOF: 16 de octubre de 1950

c) Las leyes federales y estatales

Fecha de publicación en el DOF: 01-abril -1970
Última reforma: 30-05-2018

Fecha de publicación:15 de Enero de 1994
Sin reformas

Fecha de publicación: 25 de febrero del 1995
Última modificación: 28-12-2018

Fecha de publicación: 24 de diciembre del 1938
Última modificación: 19-09-2017

Fecha de publicación: 15 de julio del 2010
Última reforma: 21-10-2017

Fecha de publicación: 05 de julio del 2010
Sin reformas

Fecha de publicación en DOF: 26-01-2017
Sin reformas

d) Los reglamentos federales, estatales y municipales

  • Reglamento De Adquisiciones, Concesiones, Arrendamiento, Contrataciones De Obra O De Servicios Del Sindicato Único De Trabajadores De La Universidad De Guadalajara

Última reforma : 01 de octubre de 2012

Sin reformas

e) Los decretos, acuerdos, criterios, políticas, reglas de operación y demás normas jurídicas generales

No existe ningún ordenamiento de los aquí enunciados aplicables al SUTUDEG.

Información actualizada al 09 de marzo 2024.

a) Los apartados del Plan Nacional de Desarrollo que sirve de marco general a la planeación de las áreas relativas a las funciones del sujeto obligado;
El presente inciso no aplica al SUTUdeG, lo anterior dado que no encuadra en el Plan Nacional de Desarrollo ya que es una asociación de social, lo anterior así conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 356 al 385 de la Ley Federal del Trabajo, el plan de trabajo del Sindicato se rige bajo sus estatutos conforme a los artículos 45 al 63.

 

b) Los apartados de los programas federales;

El presente inciso no aplica al SUTUdeG, ya que es una asociación de trabajadores y sujeto de derecho social, lo anterior así conformeal artículo 123 apartado “A”de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 356 al 385 de la Ley Federal del Trabajo.

 

c) Los apartados del Plan Estatal de Desarrollo;

El presente inciso no aplica al SUTUdeG, lo anterior dado que no encuadra en el Plan Estatal de Desarrollo ya que es una asociación de trabajadores y sujeto de derecho social, lo anterior así conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 356 al 385 de la Ley Federal trabajo del Sindicato se rige bajo sus estatutos conforme a los artículos 45 al 63.

 

d) Los programas estatales;

Los programas de trabajo del SUTUdeG se llevan a cabo conforme lo establecen los estatutos de los artículos 45 al 63, el cual establece que funciones debe cada autoridad sindical.

 

e) Los programas regionales;

Los programas de trabajo del SUTUdeG se llevan a cabo conforme lo establecen los estatutos de los artículos 45 al 82, el cual establece que funciones debe cada autoridades sindicales, delegados y representantes sindicales.

 

f) Las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos; y
No aplica. Los Lineamientos del Sistema Nacional de Transparencia SNT, establecen solamente, como sujetos obligados de esta fracción, a quienes son también regulados por la Ley de Contabilidad Gubernamental y las disposiciones emitidas por el Consejo Nacional de Armortización Contable, y a este Sindicato no le resulta aplicables dicha normativa contable.

 

g) Los demás instrumentos de planeación no comprendidos en los incisos anteriores;

 

b) Los programas operativos anuales, de cuando menos los últimos tres años;

 

c) Los manuales de organización;
El Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara no cuenta con ningún manual de organización, su organización y funcionamientos lo establecen sus Estatutos.

 

d) Los manuales de operación;
El Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara no cuenta con ningún manual de operación, su organización y funcionamientos lo establecen sus Estatutos.

 

e) Los manuales de procedimientos;
El Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara no cuenta con ningún manual de procedimientos, su organización, funcionamientos y procedimientos lo establecen sus Estatutos.

 

f) Los manuales de servicios;
El Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara no cuenta con ningún manual de servicios, los servicios que ofrece son únicamente a sus agremiados, ya que es  sujeto de derecho social se rige bajo su propio esquema de trabajo, en términos de sus estatutos vigentes, lo anterior así conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 356 al 385 de la Ley Federal del Trabajo.
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g) Los protocolos;
El Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara no cuenta con ningún protocolo.

 

h) Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; y
i) Los demás instrumentos normativos internos aplicables;
El instrumento normativo interno con el que cuenta el Sindicato son sus Estatutos.

a) Las partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación y del Presupuesto de Egresos del Estado, así como los conceptos del clasificador por objeto del gasto, aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

No aplica. El Presupuesto de Egresos de la Federación, determina la orientación, el destino y el tipo de gasto, de los recursos económicos que el Gobierno requiere durante un ejercicio fiscal, es decir, un año, para obtener los resultados comprometidos y demandados por los diversos sectores de la sociedad.

No aplica. El Presupuesto de egresos  del Estado de Jalisco se determina el monto destinado para las dependencias del poder Ejecutivo, los órganos autónomos, el poder Legislativo y el poder Judicial;  para las entidades públicas del Sector Paraestatal del poder Ejecutivo provenientes de la venta de sus bienes y servicios.

En ambos documentos se establece de manera general los importes destinados a la Universidad de Guadalajara, por lo que no se identifica en ellos, partida específica para este sindicato. No le aplica el clasificador por objeto del gasto por no ser un sujeto obligado de la Ley de Contabilidad Gubernamental.

El SUTUDEG recibe recursos públicos a través de la Universidad de Guadalajara, en términos del Presupuesto de Egresos de dicha institución y de conformidad al Contrato Colectivo de Trabajo y Convenios específicos.

Los sindicatos fueron incorporados como sujetos obligados a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, mediante reforma publicada en el Periódico Oficial de Jalisco el 20 de diciembre de 2015. Razón por la que la información a publicar en este inciso, parte de esa fecha.

Esto, de conformidad a lo establecido en la regla 7.1.1. de las Bases de Interpretación, implementación y recomendaciones respecto del decreto 25653/LX/15 emitidas por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.

Actualizado al 9 de marzo 2024.

2024

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2022

2021

2020

2019

2018

b) Los ingresos extraordinarios recibidos por cualquier concepto, señalando el origen de los recursos, el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como el proyecto o programa donde serán aplicados;

El documento que permite conocer el rubro en el que se aplican los recursos públicos otorgados es el detalle del ejercicio y destino final publicado en términos del artículo 16 Quáter, fracción IV.  No aplica el clasificador por objeto del gasto, por no ser un sujeto obligado de la Ley de Contabilidad Gubernamental  y este sindicato no genera un Clasificador propio por no ser necesario no una obligación legal.

Los sindicatos fueron incorporados como sujetos obligados a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, mediante reforma publicada en el Periódico Oficial de Jalisco el 20 de diciembre de 2015. Razón por la que la información a publicar en este inciso, parte de esa fecha.

Esto, de conformidad a lo establecido en la regla 7.1.1. de las Bases de Interpretación, implementación y recomendaciones respecto del decreto 25653/LX/15 emitidas por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.

c) El presupuesto de egresos anual y, en su caso, el clasificador por objeto del gasto del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

*ESTE INCISO SE ENCUENTRA EN PROCESO DE ACTUALIZACIÓN

No aplica. Esto de conformidad a la “Tabla de aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de los Sindicatos, en los términos de la Ley General, Emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco” aprobada el 25 de mayo de 2016 y actualizada el 21 de marzo del 2018. Véase fracción XIV, según tabla de equivalencias.

El SUTUDEG se rige por lo dispuesto en el artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo.

Celebra sólo contratos individuales de trabajo, bajo designaciones y no convocatorias abiertas, por no estar obligados a ello.

2024

2023

2022

2021

2020

2019

2018

d) Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;

No aplica. Esto de conformidad a la “Tabla de aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de los Sindicatos, en los términos de la Ley General, Emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco” aprobada el 25 de mayo de 2016 y actualizada el 21 de marzo del 2018. Véase fracción XIV, según tabla de equivalencias.

El SUTUDEG se rige por lo dispuesto en el artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo. Celebra sólo contratos individuales de trabajo, bajo designaciones y no convocatorias abiertas, por no estar obligados a ello.

e) El organigrama del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años, así como la plantilla del personal del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años, en la que se incluya el número total de plazas del personal de base, del personal de confianza y las vacantes;

SUTUdeG

f) Las remuneraciones mensuales por puesto, incluidas todas las prestaciones, estímulos o compensaciones;

ESTE SINDICATO CUENTA CON PERSONAL COMISIONADO, QUIÉN POSEE EL TABULADOR DE SALARIOS ES EL PATRÓN EL SUJETO OBLIGADO DENOMINADO UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA

Los sindicatos fueron incorporados como sujetos obligados a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, mediante reforma publicada en el Periódico Oficial de Jalisco el 20 de diciembre de 2015. Razón por la que la información a publicar en este inciso, parte de esa fecha.

Esto, de conformidad a lo establecido en la regla 7.1.1. de las Bases de Interpretación, implementación y recomendaciones respecto del decreto 25653/LX/15 emitidas por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.

Actualizado al 9 de marzo 2024.

g) Las nóminas completas del sujeto obligado en las que se incluya las gratificaciones, primas, comisiones, dietas y estímulos, de cuando menos los últimos tres años, y en su caso, con sistema de búsqueda;

Los sindicatos fueron incorporados como sujetos obligados a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, mediante reforma publicada en el Periódico Oficial de Jalisco el 20 de diciembre de 2015. Razón por la que la información a publicar en este inciso, parte de esa fecha.

Esto, de conformidad a lo establecido en la regla 7.1.1. de las Bases de Interpretación, implementación y recomendaciones respecto del decreto 25653/LX/15 emitidas por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.

Actualizado al 9 de marzo 2024.

h) El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

El listado de jubilados y pensionados es generado y publicado por la Universidad de Guadalajara, quien es el encargado de administrar las cuentas para el retiro de los jubilados y pensionados de este sujeto obligado.

 

Información Actualizada al 9 de marzo 2024.

i) Los estados financieros mensuales, de cuando menos los últimos tres años;

Los sindicatos fueron incorporados como sujetos obligados a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, mediante reforma publicada en el Periódico Oficial de Jalisco el 20 de diciembre de 2015. Razón por la que la información a publicar en este inciso, parte de esa fecha.

Esto, de conformidad a lo establecido en la regla 7.1.1. de las Bases de Interpretación, implementación y recomendaciones respecto del decreto 25653/LX/15 emitidas por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.

Para efectos de los artículos 28 del Código Fiscal de la Federación CFF, 86, fracción I, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta LISR, 32 fracción I, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, 19 de la Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios , no están obligados a llevar los sistemas contables de conformidad con el CFF, su Reglamento y el Reglamento de la LISR, la federación, las entidades federativas, los municipios, los sindicatos obreros y los organismos que los agrupen.

De conformidad a lo Establecido en el artículo 45, fracción XI y XIII, de los Estatutos del SUTUDEG, el Secretario General presenta semestralmente un informe sobre la administración patrimonial.

j) Los gastos de comunicación social, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la fecha, monto y partida de la erogación, responsable directo de la autorización de la contratación, denominación del medio de comunicación contratado, descripción del servicio contratado, justificación y relación con alguna función o servicio públicos;

Los sindicatos fueron incorporados como sujetos obligados a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, mediante reforma publicada en el Periódico Oficial de Jalisco el 20 de diciembre de 2015. Razón por la que la información a publicar en este inciso, parte de esa fecha.

Se hace mención de que a este sujeto obligado, el Estado NO LE ASIGNA tiempos oficiales en radio o televisión.

k) El contrato de prestación de servicios o por honorarios, y el gasto realizado por concepto de pago de asesorías al sujeto obligado, donde se señale nombre de la empresa, institución o individuos, el concepto de cada una de las asesorías, así como el trabajo realizado;

l) Los subsidios, en especie o en numerario, recibidos por el sujeto obligado, así como los otorgados por el sujeto obligado, en los que se señale lo siguiente:

No aplica. Esto de conformidad a la “Tabla de aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de los Sindicatos, en los términos de la Ley General, Emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco” aprobada el 25 de mayo de 2016, modificada el 21 de marzo de 2018, véase fracción XV en términos de la tabla de equivalencias de obligaciones comunes.

No se encuentra dentro de las facultades legales establecidas dentro de los Estatutos Vigentes del SUTUDEG.

Actualizado al 9 de marzo 2024.

m) El listado de personas físicas o jurídicas a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos.

No aplica. Esto de conformidad a la “Tabla de aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de los Sindicatos, en los términos de la Ley General, Emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco” aprobada el 25 de mayo de 2016 y actualizada el 21 de marzo de 2018, véase fracción XV en términos de la tabla de equivalencias de obligaciones comunes.

No se encuentra dentro de las facultades legales. Los recursos públicos que el SUTUDEG recibe los aplica en términos de lo dispuesto por el artículo 49 fracción I, de los estatutos, en relación el Contrato Colectivo, y convenios suscritos; esto es, se destinan a un específico y son ejercidos por el SUTUDEG de manera exclusiva.

Actualizado al 9 de marzo 2024.

n) Las cuentas públicas, las auditorías internas y externas, así como los demás informes de gestión financiera del Sujeto Obligado, de cuando menos los últimos tres años.

Los sindicatos fueron incorporados como sujetos obligados a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, mediante reforma publicada en el Periódico Oficial de Jalisco el 20 de diciembre de 215. Razón por la que la información a publicar en este inciso, a publicar parte de esa fecha.

El SUTUDEG, al no ser un ente público, no elabora cuenta pública y no es sujeto de auditorias externas por encontrarse en las hipótesis de exención previstas en la LISR. Constancia No cuenta publica NO auditorias externas 2016 , Constancia de No Cuentas Públicas- Auditorias externas 2017. Constancia de No cuenta publica- auditoría externa 2018

El SUTUDEG No dictamina estados financieros, en virtud de la Excepción prevista en la Ley del Impuesto sobre la Renta, por tratarse de una persona moral sin fines de lucro.

La revisión del adecuado ejercicio y destino de los recursos públicos que recibe así como de la integralidad del patrimonio sindical, lo efectúa la Comisión de Vigilancia de la Asamblea General, en términos del reglamento respectivo, de forma permanente con dictámenes semestrales.

ñ) Los padrones de proveedores o contratistas de cuando menos los últimos tres años.

Los sindicatos fueron incorporados como sujetos obligados a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, mediante reforma publicada en el Periódico Oficial de Jalisco el 20 de diciembre de 215. Razón por la que la información a publicar en este inciso, a publicar parte de esa fecha.

Esto, de conformidad a lo establecido en la regla 7.1.1. de las Bases de Interpretación, implementación y recomendaciones respecto del decreto 25653/LX/15 emitidas por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.

Actualizado al 09 de marzo 2024

2024

2023

2022

2021

2020

2019

2018

2017

2016

o) La información sobre adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años.

Los sindicatos fueron incorporados como sujetos obligados a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, mediante reforma publicada en el Periódico Oficial de Jalisco el 20 de diciembre de 215. Razón por la que la información a publicar en este inciso, a publicar parte de esa fecha.

Esto, de conformidad a lo establecido en la regla 7.1.1. de las Bases de Interpretación, implementación y recomendaciones respecto del decreto 25653/LX/15 emitidas por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.

Este sujeto obligado no ejecuta obra pública ni realiza proyectos de inversión.

Actualizado al 9 de marzo 2024.

 

p) La información sobre concursos por invitación y licitaciones públicas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años.

Los sindicatos fueron incorporados como sujetos obligados a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, mediante reforma publicada en el Periódico Oficial de Jalisco el 20 de diciembre de 2015. Razón por la que la información a publicar en este inciso, parte de esa fecha.

Esto, de conformidad a lo establecido en la regla 7.1.1. de las Bases de Interpretación, implementación y recomendaciones respecto del decreto 25653/LX/15 emitidas por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.

Este sujeto obligado no ejecuta concursos ni licitaciones.

q) El nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quienes se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, los montos respectivos, así como la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales.

No aplica. No se encuentra dentro de las facultades legales establecidas dentro de los Estatutos Vigentes del SUTUDEG. El SUTUDEG es una persona Jurídica de derecho social, en términos de lo dispuesto por el artículo 356 de la Ley Federal del Trabajo.

Actualizado al 9 de marzo 2024.

r) Los inventarios de bienes muebles e inmuebles del Sujeto Obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción, el valor, el régimen jurídico, y el uso o afectación del bien.

Actualizado al 9 de febrero 2024.

s) Los gastos de representación, viáticos y viajes oficiales, su costo itinerario, agenda y resultados.

Este sindicato no genera viajes oficiales.
Actualizado al 09 de marzo 2024

t) Las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones otorgadas de los últimos tres años.

No aplica. No se tiene la atribución legal para otorgar concesiones, licencias, permisos o autorizaciones.

Actualizado al 9 de marzo 2024.

u) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública.

No se encuentra dentro de las facultades legales establecidas dentro de los Estatutos Vigentes del SUTUDEG.
Actualizado al 9 de marzo 2024.

v) Las pólizas de los cheques expedidos, con identificación del número de cheque o transferencia, monto y nombre del beneficiario, indicando el motivo de la erogación, en el que de manera detallada y completa se indique para qué se erogó el recurso público, o en su caso la descripción que aparezca en la factura correspondiente; siempre y cuando ello se aporten los elementos cualitativos y cuantitativos de la finalidad del cheque o transferencia.

Información en proceso de actualización al 09 de febrero 2024

w) El estado de la deuda pública del Sujeto Obligado, donde se señale cuando menos responsable de la autorización, fecha de contratación, monto del crédito, tasa de interés, monto total amortizable, plazo de vencimiento, institución crediticia, objeto de aplicación y avance de aplicación de cada deuda contratada.

 

No aplica. Esto de conformidad a la “Tabla de aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de los Sindicatos, en los términos de la Ley General, Emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco” aprobada el 25 de mayo de 2016 y actualizada el 21 de marzo de 2018. Véase fracción XXII, en términos de la tabla de equivalencias de obligaciones comunes.

Toda vez que en términos de lo dispuesto por artículo 10 de la Ley de Deuda Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, no le resulta aplicable, por no tratarse de uno de los poderes públicos.

Actualizado al 9 de marzo 2024

 

x) Los estados de cuenta bancarios que expiden la instituciones financieras, números de cuentas bancarias, estadios financieros, cuentas de fideicomisos e inversiones, de cuando menos los últimos seis meses.

Actualizado al 9 de marzo 2024

2024

2023

2022

2021

2020

2019

2018

2017

2016

Remitir a Estados Financieros del Artículo 8 Fracción V Inciso i

2024

2023

2022

2021

2020

2019

2018

y) la información en versión pública de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable.

No aplica. Esto de conformidad a la “Tabla de aplicabilidad de las obligaciones comunes contenidas en el artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de los Sindicatos, en los términos de la Ley General, Emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco” aprobada el 25 de mayo de 2016 y actualizada el 21 de marzo de 2018, véase fracción XII, según tabla de equivalencias de obligaciones comunes.

Las relaciones de trabajo del personal del SUTUDEG, se rigen por lo dispuesto en el artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y la Ley Federal del Trabajo; por lo que el personal no tiene el carácter de servidores públicos y no existe obligación legal al respecto.

Actualizado al 9 de marzo 2024

z) El registro de los procedimientos de responsabilidad administrativa, con indicación del número de expediente, fecha de ingreso, nombre del denunciante, nombre y cargo del denunciado, causa del procedimiento, estado procesal y, en su caso, la sanción impuesta.

a) Las funciones públicas que realiza el sujeto obligado, donde se señale cuando menos el fundamento legal, la descripción de la función pública, así como los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la realización de la función pública;

El Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara no realiza funciones públicas, sus funciones son de mejoramiento y defensa de sus intereses, ya que es  sujeto de derecho social se rige bajo su propio esquema de trabajo, en términos de sus estatutos vigentes, lo anterior así conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 356 al 385 de la Ley Federal del Trabajo.

Estatutos – septiembre 2020

b) Los servicios públicos que presta el sujeto obligado, donde se señale cuando menos la descripción y cobertura del servicio público; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la prestación del servicio público, y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos del servicio público;

El Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara no realiza servicios públicos, los servicios que presta es únicamente para sus agremiados, ya que es  sujeto de derecho social se rige bajo su propio esquema de trabajo, en términos de sus estatutos vigentes, lo anterior así conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 356 al 385 de la Ley Federal del Trabajo.

 

c) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción y ubicación de la obra; el ejecutor y supervisor de la obra; el costo inicial y final; la superficie construida por metros cuadrados; costo por metro cuadrado; su relación con los instrumentos de planeación del desarrollo, y el número y tipo de beneficiarios directos e indirectos de la obra;

El Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara no realiza obras públicas, sus funciones son de mejoramiento y defensa de sus intereses, ya que es  sujeto de derecho social se rige bajo su propio esquema de trabajo, en términos de sus estatutos vigentes, lo anterior así conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 356 al 385 de la Ley Federal del Trabajo.

 

d) Los programas sociales que aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos los objetivos, metas, presupuesto y reglas de operación del programa; los requisitos, trámites y formatos para ser beneficiario; la entidad pública ejecutora, el responsable directo, número de personal que lo aplica y el costo de operación del programa; el padrón de beneficiarios del programa, y la medición de avances de la ejecución del gasto, y el cumplimiento de metas y objetivos del programa, incluida la metodología empleada;

El Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara no aplica programas sociales, sus programas y planes de trabajo lo establecen sus estatutos, ya que sus funciones son de mejoramiento y defensa de sus intereses, ya que es  sujeto de derecho social se rige bajo su propio esquema de trabajo, en términos de sus estatutos vigentes, lo anterior así conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 356 al 385 de la Ley Federal del Trabajo.

 

e) Las políticas públicas que elabora y aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

No aplica al El Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara ya que sus funciones son de mejoramiento y defensa de sus intereses, ya que es  sujeto de derecho social se rige bajo su propio esquema de trabajo, en términos de sus estatutos vigentes, lo anterior así conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 356 al 385 de la Ley Federal del Trabajo.

 

f) Los convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos suscritos por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;
De febrero del año 2016 a 09 de febrero del 2024 el Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara no ha suscrito contrato ni convenio alguno.

g) Las concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y demás actos administrativos otorgados por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, en el que se incluyan los requisitos para acceder a ellos y, en su caso, los formatos correspondientes;

Los estatutos que rigen la vida del Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara no establecen que deba de realizar estas funciones.

 

h) La agenda diaria de actividades del sujeto obligado, de cuando menos el último mes;

i) El lugar, día y hora de las todas las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados, junto con el orden del día y una relación detallada de los asuntos a tratar, así como la indicación del lugar y forma en que se puedan consultar los documentos públicos relativos, con cuando menos veinticuatro horas anteriores a la celebración de dicha reunión o sesión;

 

 

Acta 28 de septiembre de 2023 – Décima Segunda Sesión Ordinaria
Acta 30 de marzo de 2023 – Sesión Extraordinaria
Acta 27 de mayo de 2022 – Décima Primera Sesión Ordinaria
Acta 27 de enero de 2022 – Décima Sesión Ordinaria
Acta 27 de septiembre de 2021 – Novena Sesión Ordinaria
Acta 27 de mayo de 2021 – Octava Sesión Ordinaria
Acta 27 de enero de 2021 – Séptima Sesión Ordinaria
Acta 29 de septiembre de 2020 – Sexta Sesión Ordinaria
Acta 29 de mayo de 2020 – Quinta Sesión Ordinaria
Acta 29 de enero de 2020 – Cuarta Sesión Ordinaria
Acta 29 de agosto de 2019 – Tercer Sesión Ordinaria
Acta 29 de Marzo de 2019
Acta 13 de Noviembre 2018
Acta Instalación Formal del Comité de Transparencia

j) Las versiones estenográficas, así como las actas o minutas de las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados;

El sindicato sesiona cada 6 meses como lo marca el estatuto vigente.

 

Acta 28 de septiembre de 2023 – Décima Segunda Sesión Ordinaria
Acta 30 de marzo de 2023 – Sesión Extraordinaria
Acta 27 de mayo de 2022 – Décima Primera Sesión Ordinaria
Acta 27 de enero de 2022 – Décima Sesión Ordinaria
Acta 27 de septiembre de 2021 – Novena Sesión Ordinaria
Acta 27 de mayo de 2021 – Octava Sesión Ordinaria
Acta 27 de enero de 2021 – Séptima Sesión Ordinaria
Acta 29 de septiembre de 2020 – Sexta Sesión Ordinaria
Acta 29 de mayo de 2020 – Quinta Sesión Ordinaria
Acta 29 de enero de 2020 – Cuarta Sesión Ordinaria
Acta 29 de agosto de 2019 – Tercer Sesión Ordinaria
Acta 29 de Marzo de 2019
Acta 13 de Noviembre 2018
Acta Instalación Formal del Comité de Transparencia

k) La integración, la regulación básica y las actas de las reuniones de los consejos ciudadanos reconocidos oficialmente por el sujeto obligado con el propósito de que la ciudadanía participe o vigile la actividad de sus órganos y dependencias;
No aplica el presente inciso al Sindicato ya que  sus estatutos no contempla esas obligaciones.

l) Los informes trimestrales y anuales de actividades del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

m) Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención; y

No se ha recibido ninguna recomendación. Actualización 09 de marzo del 2024.

 

n) Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible;

Actualización 09 de marzo del 2024.

No aplica la presente fracción, lo anterior Conforme a los Estatutos que rigen la vida sindical y solo los trabajadores sindicalizados al SUTUdeG pueden acceder a ese derecho

La información focalizada que considera el sindicato por sí, es la que se encuentra en la página principal, los servicios que ofrece son de exclusividad para sus agremiados, ya que no presta servicios públicos, en virtud de que es sujeto de derecho social, se rige bajo su propio esquema de trabajo, en términos de sus estatutos vigentes, lo anterior así conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 356 al 385 de la Ley Federal del Trabajo.

http://www.sutudeg.org.mx/

El SUTUdeG no realiza contrataciones laborales, el personal que conforma el sindicato es trabajador universitario, los cuales la Universidad otorga permiso para que se integren a las actividades y/o su comité ejecutivo, conforme a la cláusula 79 del Contrato Colectivo de Trabajo, y no se entregan recursos públicos económicos, en especie o donativos a sindicato alguno

La presente fracción no aplica al Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara lo anterior conforme a lo estipulado por el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,  Artículo 1 de la Ley General de Transparencia y16 Quáter de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, en el cualestablece que los sindicatos deben hacer pública la información solo respecto de recursos públicos que reciba,por lo que los recursos privados que se adquieren es de carácter confidencial conforme de lo establecido por el artículo 21,numeral 1, fracción I, inciso f) de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco.

No aplica la presente fracción, ya que el sindicato no recibe, ni tampoco ejecuta recurso público federal, lo anterior ya que es sujeto de derecho social, se rige bajo su propio esquema de trabajo, en términos de sus estatutos vigentes, lo anterior así conforme al artículo 123 apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el 356 al 385 de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 16-Ter. Información Fundamental – Autoridades Laborales

Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados, la siguiente:

a) El domicilio;
Juan Ruíz de Alarcón # 138
Col. Americana, Guadalajara, Jalisco CP44101
b) Número de registro;
1450, libro obrero 6, fecha 24/01/1994

c) Nombre del sindicato;
Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad de Guadalajara

d) Nombre de los integrantes del comité ejecutivo y comisiones que ejerzan funciones de   vigilancia;
comité ejecutivo

e) Fecha de vigencia del comité ejecutivo;
01 de septiembre del 2022  al 31 de agosto del 2025

f) Número de socios;
Se encuentra señalado en el Padrón de Socios

g) Centro de trabajo al que pertenezcan;
Universidad de Guadalajara

h) Central a la que pertenezcan, en su caso,

La dependencia de adscripción del trabajador se encuentra contenida en el padrón de socios.

Descargar archivo:  Actualizado al 9 de marzo 2024

No existe reglamento interno para las personas que colaboran en el SUTUdeG.    Actualizado al 9 de marzo 2024

Los datos estadísticos relativos a las Juntas Local y Especiales de Conciliación y Arbitraje, y del Tribunal de Arbitraje y Escalafón
No aplica. Por no ser una información que este sujeto obligado genere, posea o administre. 

No existe ningún cambio del registro sindical, así como tampoco del contrato colectivo.

Descargar archivo:   Actualizado al 9 de marzo 2024

Descarga de archivo : Actualizado al 9 de marzo 2024

Artículo 16-Quáter. Información Fundamental – Sindicatos

Los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos deberán mantener actualizada y accesible, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos   sitios de Internet, la información obligatoria para todos los sujetos obligados, la señalada en el artículo anterior y la siguiente:

Descarga de archivo : Actualizado al 9 de marzo 2024

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Actualizado al 9 de marzo 2024

Actualizado al 09 de marzo 2024

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2019

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